El artículo 6 de la Convención sobre los derechos del Niño explica que todos los Estados Partes de la Convención reconocen que todo niño tiene el derecho intrínseco a la vida.
Además, los Estados Partes garantizarán en todo lo que puedan la supervivencia y el desarrollo del niño.
¿Realmente todos los Estados Partes de la Convención están haciendo todo lo posible para que que todos los menores del mundo en dificultades sobrevivan o vivan en condiciones aceptables?
¿Se les asegura alimento y sanidad suficientes?